Pettovello acude a la Corte Suprema para no entregar alimentos retenidos en galpones
El Ministerio de Capital Humano presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para frenar la resolución que exige a Sandra Pettovello distribuir los alimentos acopiados en galpones.
A través de un escrito firmado por el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra, el Gobierno Nacional solicitó a la Suprema Corte de Justicia que revoque el fallo que obliga al gobierno a distribuir los casi seis millones de toneladas de alimentos retenidas en galpones pertenecientes al Ministerio de Capital Humano, liderado por Sandra Pettovello.
A fines de mayo, una investigación del periodista Ari Lijalad había revelado que más de 5 millones de kilos de alimentos adquiridos por la gestión anterior no fueron entregados a comedores. Muchos de ellos estaban próximos a vencerse o ya habían superado la fecha de caducidad.
La situación llevó a que el juez Sebastián Casanello dictara una medida cautelar en una causa iniciada por Juan Grabois, en la que exigía al gobierno que presentara de inmediato un plan de distribución de los productos.
Posteriormente, los jueces de la Cámara Federal porteña (Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico) ratificaron el fallo del magistrado. Finalmente, y tras la apelación del Ministerio de Capital Humano, la Cámara de Casación ratificó la decisión, en un fallo firmado por los jueces Angela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar.
Ahora, el exjuez de la Corte durante el menemato presentó un escrito contra la decisión de Casación, que aún debe responder a este planteo.
La presentación de Barra
Barra apeló a los mismos argumentos que viene planteando el Gobierno, y que ya acumulan el rechazo de siete jueces. Según el procurador, al pronunciarse sobre el reparto de alimentos, el Poder Judicial se estaría entrometiendo en decisiones que corresponden al Poder Ejecutivo.
La “indebida intromisión del Poder Judicial” consistiría entonces en la exigencia de Casanello para que se distribuyan los alimentos, en un fallo que se mete con “cuestiones políticas no justiciables“.
Para Barra, se trata de “una clara violación del principio de división de poderes”, a pesar de que el juez se había limitado a intervenir ante una situación concreta, algo que está dentro de sus facultades.
“El tiempo dirá si fueron correctas o incorrectas las decisiones que se tomaron en un ámbito de competencia exclusiva, lo que claramente es incorrecto es que el Poder Judicial se entrometa en las mismas”, completa.
En una argumentación que roza el cinismo, también indicó que “esa decisión que el Poder Ejecutivo se encuentra obligado a respetar, modificando así el plan de política alimentaria dispuesto oportunamente, repercute de manera negativa sobre los supuestos derechos que dice se afectan”.
En otras palabras, desde el gobierno alegan que lo que “repercute de manera negativa” es la exigencia de entregar los alimentos, pero no la decisión del Poder Ejecutivo de no haberlos entregado antes de su vencimiento.
La presentación contra el fallo de la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, que ratificaba la orden de repartir la comida de los galpones de Villa Martelli y Tafí Viejo, se realizó el pasado viernes. Cabe recordar que la resolución original de Casanello ordenaba al gobierno que:
“Elabore un plan de distribución de dichos alimentos en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato; lo que deberá informarse de manera precisa en el plazo de 72 horas”.
El fallo había sido emitido el 26 de mayo, por lo que el gobierno lleva un mes intentando evitar presentar este plan. Barra profundiza en la negativa a cumplir el plan y agrega que:
“La orden del Juez de grado establece un requisito adicional, que es la intervención de un órgano judicial, en el marco de las competencias propias de mi representada respecto a la disposición y distribución de alimentos. Esta situación afecta la inmediatez que tiene la Administración Pública Nacional en la ejecución de esas políticas públicas. En efecto, cumplir con lo ordenado por el instructor –por más loables que sean los fines que se persiguen–, amén de inmiscuirse en cuestiones políticas no justiciables, genera un perjuicio irreparable para el interés general que mi representada debe tutelar”.
Además, considera que la causa “se termina judicializando cuestiones políticas y de gestión que están ajenas al control judicial”. “En esta causa la situación es evidente”, comenta el procurador, “la instancia judicial y la competencia del Poder Judicial se abrió con una denuncia para que se investigue la comisión o no de un presunto delito, en ese marco se termina emitiendo una medida que altera el normal funcionamiento de un poder público“.
“El Poder Judicial logra entrometerse en la esfera de otro poder y desvirtuar el fundamento de la existencia de un fondo alimentario de emergencia, que debe ser utilizado conforme las directivas de la política decidida por la autoridad competente en la materia”, agrega.
El argumento ya había sido esgrimido por el Gobierno Nacional, desde donde se aludía que el alimento estaba almacenado para ser utilizado en caso de emergencia. Lo cierto, sin embargo, es que la falta de respuestas del Ejecutivo ante los desastres naturales ocurridos en los últimos meses (que incluyen el temporal sufrido en Bahía Blanca en diciembre de 2023 y las inundaciones en el Litoral ocurridas en mayo, entre otros) desacredita esa posición.
Finalmente, Barra apunta contra la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) y Juan Grabois, a quienes achaca que:
“Dentro de ese marco, sin que la actora haya probado un daño cierto, actual o futuro, a sus intereses propios o a los derechos de aquellos que dice representar, ha obtenido una sentencia arbitraria emitida, entre otros defectos, en clara violación del principio de división de poderes. Es por ello que solicitamos a la Corte Suprema que restaure la legalidad y revoque la sentencia recurrida”.
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