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Autorizan un aumento del 24 por ciento para el personal doméstico



La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares —un ente tripartito que reúne a representantes del Estado, de los empleadores y de los gremios del sector—anunció este lunes un aumento salarial del 24% en cuatro cuotas para el personal del sector.

Según lo acordado en el Ministerio de Trabajo, el aumento se relizará con una suba del 8% en diciembre, 7% a partir de enero de 2023, 5% en febrero y 4% en marzo.


La resolución incluye una cláusula de revisión para marzo de 2023, después de la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.


Según fuentes gubernamentales, el aumento anual de los salarios de las trabajadoras de casas particulares entre marzo de 2022 y 2023 será del 119,8%.


La Comisión es la encargada de definir la situación laboral de alrededor de 1,5 millones de empleadas registradas, que, como no están contempladas dentro de la Ley de Contrato de Trabajo, no se realiza vía una negociación paritaria.


Cómo queda la escala salarial


La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) informó que la escala de remuneraciones a partir del 1° de diciembre quedará de la siguiente manera:

  • Primera Categoría con retiro: $643,00 por hora y $80.215,00 mensual.

  • Primera Categoría sin retiro: $704,00 por hora y $89.350,50 mensual.

  • Segunda Categoría con retiro: $608,00 por hora y $74.524,50 mensual.

  • Segunda categoría sin retiro: $667,00 por hora y $82.958,00 mensual.

  • Tercera Categoría con retiro: $574,00 por hora y $72.710,50 mensual.

  • Cuarta Categoría con retiro: $574,00 por hora y $72.710,50 mensual.

  • Cuarta Categoría sin retiro: $643,00 por hora y $81.028,00 mensual.

  • Quinta Categoría con retiro: $532,50 por hora y $65.387,00 mensual.

  • Quinta Categoría sin retiro: $574,00 por hora y $72.710,50 mensual.

Tareas por categoría


  • Primera Categoría: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

  • Segunda Categoría: cocineros contratados en forma exclusiva.

  • Tercera Categoría: trabajadores vinculados al cuidado general y preservación de una vivienda.

  • Cuarta Categoría: personal dedicado a la asistencia y cuidado no terapéutico de personas,

  • Quinta Categoría: prestación de tareas de limpieza, mantenimiento y toda otra tarea típica del hogar.

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